Primer Código de Construcción en República Dominicana

Después de la ocurrencia del huracán San Zenón en el año 1931 se empezó a laborar el primer código de construcción, el cual fue promulgado mediante la ley No. 42, que obligaba a obtener una licencia de construcción.

En el año 1944 fue eliminada esta ley y promulgada su sustitución la ley No. 675 sobre construcción y ornato público. Esta ley tenía los lineamientos básicos para el diseño de la estructura tomando en cuenta las características arquitectónicas y estructurales; en esta se consideraba el viento (huracán) como única acción accidental.

En el año 1979 la sociedad dominicana de sismología e ingeniería sísmica (SODOSISMICA), creo el primer reglamento para el análisis sísmico de estructuras, la cual contiene los requisitos básicos para el diseño de estructuras. Este código clasifica la estructura según su uso, las edificaciones educativas se encuentran en el grupo C, este reglamento especifica que estas edificaciones deben mantenerse operando inmediatamente después de la ocurrencia de un sismo severo.


Este reglamento específica que la carga viva para las escuelas de nivel medio, básico y docencia universitaria deben de ser 500 Kg/m2 para los pasillos, escaleras, balcones y para las aulas debe de considerarse una carga viva de 300 Kg/m2 con un coeficiente Øi de 0.25 para ambos casos.

Bajo la dependencia del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones en el año 1982 mediante la ley No. 687 se creó el sistema de reglamentaciones técnicas de la ingeniería, la arquitectura y ramas afines, en donde se encargaría de crear las reglamentaciones técnicas, las cuales deben ser aprobadas por la comisión nacional de reglamentos de ingeniería, la arquitectura y ramas afines (CONARTIA).

Ya para el año 2001 el gobierno de la República Dominicana mediante el decreto No. 715-01 y la ley 147-02 creó la organización llamada ONESVIE sobre gestión de riesgos, tomando en cuenta esta y otras consideraciones, están disponibles a los profesionales y técnicos calificados para emprender la tarea de organizar un examen de aquella estructura que por su naturaleza y funciones después de un evento catastrófico no deberían colapsar sino más bien que deberían seguir ofreciendo servicios básicos como son las planteles escolares, hospitales, los cuarteles de bomberos, militares y policiales, entre otros.